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ORDEN ECD/233/2019, de 11 de febrero, por la que se declara Zona de Prevención Arqueológica, los restos arqueológicos existentes en el Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz de Huesca.

Publicado el 19/03/2019 (Nº 54)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés establece en su artículo 65 que integran el Patrimonio Arqueológico de Aragón, los bienes muebles e inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con método arqueológico, estuviesen o no extraídos, y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo las aguas.

El artículo 68 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, establece para la Zona de Prevención Arqueológica lo siguiente: Los espacios donde se presuma fundadamente la existencia de restos arqueológicos requeridos de medidas precautorias podrán ser declarados Zona de Prevención Arqueológica por el Consejero del Departamento responsable de Patrimonio Cultural, previa información pública e informe del Ayuntamiento, publicándose la declaración en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Respecto a la Zona de Prevención Arqueológica la realización de cualquier obra o actuación que lleve aparejada la remoción de terrenos en la Zona de Prevención Arqueológica requerirá la autorización del responsable de Patrimonio Cultural conforme a las siguientes reglas: a) Con la solicitud el interesado habrá de presentar un estudio de la incidencia de la obra o actuación en los restos arqueológicos, elaborado por un arqueólogo; b) El Director General exigirá la realización científica, por cuenta del propietario, de las intervenciones arqueológicas que sean necesarias para la debida documentación científica; c) Es aplicable a la autorización y a las correspondientes licencias municipales lo establecido en el párrafo cuarto del artículo 35 y en los artículos 36 y 37 de esta Ley.

El espacio correspondiente al Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz de Huesca es un área de altísima potencialidad arqueológica a juzgar por los restos que han aparecido en las sucesivas actuaciones arqueológicas; según la descripción que se describe en el anexo I de esta Orden y en los planos de delimitación definitiva de la Zona de Prevención Arqueológica que se publica como anexo II.

El procedimiento para la declaración de los restos arqueológicos del Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón. El procedimiento se inició por Resolución de 5 de junio de 2018, del Director General de Cultura y Patrimonio, por la que se inicia procedimiento para declarar Zona de Prevención Arqueológica, los restos arqueológicos existentes en el Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz de Huesca y por la que se abría un periodo de información pública. Esta Resolución fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", de 20 de junio de 2018, asimismo, se recibieron alegaciones que fueron contestadas en tiempo y forma y se abrió un periodo de audiencia por plazo de diez días hábiles que fue notificado a los interesados.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Cultura y Patrimonio, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Primero.- Es objeto de la presente Orden declarar Zona de Prevención Arqueológica del Patrimonio Cultural Aragonés los restos arqueológicos existentes en el Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz de Huesca conforme a la descripción del bien y delimitación y entorno de protección que se recogen respectivamente en los anexos I y II esta Orden.

Segundo.- El régimen jurídico aplicable al bien que se protege es el previsto en el Título III de la de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, en especial, el artículo 68 de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural aragonés.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y notificarla al Ayuntamiento de Huesca y al resto de interesados.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien ser impugnado directamente ante el Orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 11 de febrero de 2019.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

I

Descripción de la Zona de Prevención Arqueológica de los restos arqueológicos existentes en el Antiguo Seminario Conciliar de la Santa Cruz de Huesca

Según la bibliografía científica e histórica publicada hasta el momento, el espacio correspondiente al antiguo Seminario Conciliar de Huesca, se localiza en el ángulo superior noreste del casco histórico de esta ciudad, en la zona más alta del cerro que ocupa la misma y en un área de altísima potencialidad arqueológica, a juzgar por los restos que han ido apareciendo en las sucesivas actuaciones arqueológicas que a través de la arqueología urbana se han venido desarrollando en los últimos treinta años.

El referido espacio ha dado restos al menos desde época romana republicana y también de época altomedieval, coincidiendo con la instalación del palacio del gobernador islámico en la parte alta de la medina, o Zuda, dejando restos, tanto de carácter mueble como inmueble.

Los sondeos y seguimientos arqueológicos realizados en el su entorno exterior por su lado sur y oeste dicho Seminario, así como los sondeos arqueológicos realizados en el interior del propio Seminario, han aportado restos arqueológicos de gran interés histórico y patrimonial que resumidos se concretarían en los siguientes hallazgos:

- Muro de gran potencia integrado en las estructuras del seminario y gracias a una cata antigua en su revoco permite apreciar un módulo constructivo a base de sillares de arenisca de podrían asimilarse a una construcción de cronología altomedieval, posiblemente hispano musulmana.

- Muy cerca del muro o cerca de cierre, en el, se conserva una estructura que podría identificarse con una torre que no se ajusta a los parámetros constructivos de las obras del seminario y que podría pertenecer a uno de los torreones que delimitarían la Zuda musulmana entre los siglos X.

- Por lo que se refiere a los sondeos arqueológicos practicados en el interior de los terrenos ocupados por el seminario, en el año 2004, en el área conocida como gimnasio y patio adjunto, se llevaron a cabo dos intervenciones arqueológicas que dieron un resultado positivo, con la aparición de restos estructurales de época romana acompañados de otros restos muebles y que se localizaron a menos de un metro de la superficie actual. Entre los restos localizados se documentaron restos de muros y pavimentos de opus signinum, junto a caídas potentes de estucos y cerámica de época tardorrepublicana y altoimperial.

- En cuanto a los restos aparecidos en sucesivas intervenciones en la calle Alsina y en la Plaza de la Universidad, se han localizado restos de silos altomedievales de cronología islámica de los siglos X-XI, restos de una calle romana con losas de caliza, otros restos estructurales de vivienda romana con pavimento de opus signinum junto a otras evidencias posteriores, un muro medieval de dirección E-O. de gran potencia, que podría corresponder a un paramento de La Zuda, y ya dentro de la Plaza de la Universidad, más restos de viviendas o Domus romanas y pavimentos de mosaicos altoimperiales, más pozos medievales de época islámica, así como un conjunto compuesto por una calle romana en dirección S.N. junto a restos de otras casas romana.

- A estos restos hay que añadir los restos estructurales y seguramente muebles que se conservan en la iglesia románica de Santa Cruz, tanto en su estructura constructiva como en su subsuelo.

Teniendo en cuenta todo lo expuesto, toda el área compuesta por los terrenos donde se ubica el actual seminario, cuentan con una alta potencialidad arqueológica, constatada y demostrada con los continuos hallazgos realizados en los últimos treinta años y que confirma esta área como uno de los puntos más importantes de la antigua ciudad ibera, romana, islámica y cristiana de Huesca.